DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
Al No. 04935
LEV-PROH Nº 13-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del
veintisiete de mayo del dos mil diez. ------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Se conocen diligencias presentadas por el señor Álvaro Cordero González, mayor de
edad, ingeniero civil, portador de la cédula de identidad Nº 1-0518-0134, a nivel personal y
en su condición de representante legal de la empresa Consultora y Constructora
FACORA S.A., con cédula jurídica 3-101-181526, tendentes a obtener, de parte de este
órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis
de la Ley de la Contratación Administrativa, para poder participar válidamente en los
procedimientos de contratación administrativa que promuevan los diferentes órganos y
entidades de la Administración Pública. --------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 22 bis, inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa dispone que
están inhibidos de participar, directa o indirectamente, como oferentes en los
procedimientos de contratación administrativa que promuevan las instituciones sometidas a
esa ley “...los ministros y los viceministros, ...” A la vez, los incisos h) e i) de este artículo
extienden esa prohibición a “sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer
grado inclusive” y a “las personas jurídicas en las cuales el cónyuge, el compañero, la
compañera o los parientes indicados en el inciso anterior, sean titulares de más de un
veinticinco por ciento (25%) del capital social o ejerzan algún puesto de dirección o
representación.” (el destacado no es del original) --------------------------------------------------
2
II. Que el artículo 23 de la citada ley dispone que la prohibición expresada en los incisos h)
e i) del artículo anterior ...
Fecha publicación: 29/05/2010
Fecha emisión: 26/05/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Efectos de la resolución que levanta la prohibición, Verificación del régimen de prohibiciones, Trámite para el levantamiento
Asunto: DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 22 BIS INCISOS A), H), E I), 23 INCISO A) DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y 22 Y 23 DE SU REGLAMENTO, SE AUTORIZA EL LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICIÓN QUE AFECTA A CASTRO Y DE LA TORRE S.A., PARA QUE, A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRESENTE AUTORIZACIÓN, PUEDA PARTICIPAR VÁLIDAMENTE EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN EN LA RAMA DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA, LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES, COMERCIO, INDUSTRIA, AGRICULTURA, GANADERÍA QUE PROMUEVA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04602
LEV-PROH-11-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas
del veinte de mayo de dos mil diez. ------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por el señor Orlando De La Torre Castro, mayor de edad, casado
una vez, ingeniero, portador de la cédula de identidad 1-740-155, en su condición de Secretario y Tesorero
de la Junta Directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la firma
denominada Castro y De La Torre S.A., cédula jurídica 3-101-007884, tendientes a obtener, de parte de
este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22, 22 bis incisos a),
h), i), 23 inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa, 22 y 23 de su Reglamento, para que la
mencionada sociedad pueda participar como oferente en los procedimientos de contratación promovidos
por la Administración Pública. ------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
HECHOS PROBADOS. De importancia para resolver el presente asunto, se enlistan los siguientes: 1)
Que la Empresa Castro y De La Torre S.A., se dedica a realizar trabajos de consultoría y construcción en
la rama de arquitectura e ingeniería, laboratorio de ensayo de materiales, comercio, industria, agricultura,
ganadería, otorgar fianzas y garantías a favor de socios o terceros. (Ver certificación de personería
jurídica, emitida por el Registro Nacional, a las 09:17 horas del 4 de mayo de 2010). 2) Que el capital
accionario de la Empresa Castro y De La Torre S.A., pertenece únicamente dos socios, los cuales son
personas jurídicas: CT Energía S.A., cédula jurídica 3-101-237904 y es dueña de un 53% de las acciones,
e Inmobiliaria Faroles de Santo Domingo S.A., cédula jurídica 3-10 ...
Fecha publicación: 24/05/2010
Fecha emisión: 20/05/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar, Verificación del régimen de prohibiciones, Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04636
LEV-PROH-12-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las diez horas del veinte de mayo del
dos mil diez.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por el señor Carlos Manuel Gutiérrez Gómez, mayor de edad,
economista, portador de la cédula de identidad Nº 3-281-280, tendentes a obtener, de parte de este Órgano
Contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de la Ley de la
Contratación Administrativa, para que la empresa Servicios Múltilples Automotrices Hermanos
Guitiérrez S.A. cédula jurídica 3-101-123280 a fin de que “...continúe con el procedimiento de
contratación exceptuada realizado por el Instituto Nacional de Seguros” ---------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- Que el artículo 22 bis, inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa dispone que están inhibidos
de participar, directa o indirectamente, como oferentes en los procedimientos de contratación
administrativa que promuevan las instituciones sometidas a esa ley “a) El presidente y los vicepresidentes
de la República, los ministros y los viceministros, los diputados a la Asamblea Legislativa,”. A la vez, el
inciso f) de este artículo extiende esa prohibición a “Las personas jurídicas en cuyo capital social
participe alguno de los funcionarios mencionados en los incisos anteriores, o quienes ejerzan puestos
directivos o de representación. Para que la venta o cesión de la participación social respectiva pueda
desafectar a la respectiva firma, deberá haber sido hecha al menos con seis meses de anticipación al
nombramiento del funcionario respectivo y deberá tener fecha cierta por cualquiera de los medios que la
legislación procesal civil permite. Toda venta o cesión posterior a esa fecha ...
Fecha publicación: 23/05/2010
Fecha emisión: 20/05/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Efectos de la violación al régimen de prohibiciones, Impedimentos para contratar
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04442
LEV-PROH-09-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las ocho horas del día diecisiete de
mayo de dos mil diez.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por la señora María Emilia Chacón González, cédula número 1-674-055 para
que se proceda con el trámite de levantamiento de la prohibición previsto en los artículos 23 de la Ley de
Contratación Administrativa (LCA) y 22 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
(RLCA), a efectos de que pueda participar como oferente en los procedimientos de contratación para
servicios como abogada y notaria que celebre la Administración Pública.----------------------------------------
I. POR CUANTO: La gestionante señala que es abogada y que desde el año 1990 ha ejercido su
profesión tanto a nivel público como privado. Sin embargo, indica que su hermano, el señor Francisco
Chacón González, fue electo diputado por el Partido Liberación Nacional, para ejercer el cargo durante el
periodo legislativo 2010-2014, y su cuñada, la señora Anabel González Campabadal, fue nombrada como
Ministra de Comercio Exterior para el mismo periodo, configurándose una prohibición para poder
participar como oferente en los concursos que promueva la Administración Pública. Argumenta, que ella,
como se indicó, ha venido ejerciendo sus funciones de abogada y notaria desde el año 1990, y siendo que
su hermano y cuñada fueron nombrados como diputado y ministra, respectivamente para el periodo 2010-
2014, se evidencia que ha ejercido dicha actividad por más de un año antes del nombramiento de sus
familiares.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: De la información aportada se desprende: 1) Que la gestionante es hermana del señor
Francisco Chacón ...
Fecha publicación: 20/05/2010
Fecha emisión: 17/05/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04444
LEV-PROH-10-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas
del diecisiete de mayo de dos mil diez. -----------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por el señor Manrique Feoli Peña, mayor de edad, casado,
empresario, portadora de la cédula de identidad 1-0640-0987, vecino de San Diego La Unión de Cartago,
en su condición de Presidente con facultades de apoderada generalísimo sin límite de suma, de la sociedad
denominada DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA ESTE Y OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
cédula jurídica 3-101-146285, y de Secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad denominada KINETOS SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-11292718,
tendientes a obtener, de parte de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen
los artículos 22, 22 bis incisos a), h), i), 23 inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa, 22 y 23
de su Reglamento, para que las referidas sociedades puedan participar como oferentes en los
procedimientos de contratación promovidos por la Administración Pública. -------------------------------------
CONSIDERANDO
I. El señor Manrique Feoli Peña, manifiesta: a) Que es apoderado generalísimo sin límite de suma de la
sociedad KINETOS S.A. y que a través de ella, se dedica desde el año 1990 a la venta de bienes y
servicios informáticos, tanto a nivel público como a nivel privado. b) Que es apoderado generalísimo sin
límite de suma de la sociedad denominada DITRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA ESTE Y
OESTE S.A. y que a través de ella, se dedica desde el año 1993 a la venta de bienes y servicios
informáticos, tanto a nivel público como a nivel privado. c) Que en las elecciones de febrero anterior, su
cuñado, Francisco Chacón González, cédula de identida ...
Fecha publicación: 20/05/2010
Fecha emisión: 10/05/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03810
LEV-PROH-08-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas
del veintinueve de abril de dos mil diez. ---------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por la señora Isabel Campabadal Herrero, mayor de edad,
casada en segundas nupcias, chef, portadora de la cédula de identidad 9-008-557, vecina de Granadilla
de Curridabat, en su condición de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma, de la sociedad COSTA RICAN CHEF C.R.C. S.A. cédula jurídica 3-101-366548, tendientes a
obtener, de parte de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los
artículos 22, 22 bis incisos a), h), i), 23 inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa, 22 y 23
de su Reglamento, para que la referida sociedad pueda participar como oferente en los procedimientos
de contratación promovidos por la Administración Pública. ----------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. I. POR CUANTO: La Señora Isabel Campabadal Herrero, refiere: Que es apoderada generalísima
sin límite de suma de la sociedad COSTA RICAN CHEF C.R.C. S.A. y que a través de ella y en su
condición personal se dedica desde el año 1987 a la labor de chef, prestando servicios tanto a nivel
público como a nivel privado, y que en esa doble condición se encuentra registrada como proveedora
en las diferentes entidades de la Administración Pública. Adiciona que en las recientes elecciones del
mes de febrero del año en curso, su yerno Francisco Chacón González, portador de la cédula de
identidad número 1- 565-585 resultó electo diputado por el cuarto lugar de San José, cargo que
ostentará a partir del 1 de mayo del año en curso. Que aunado a lo anterior, la Presidenta electa, Sra.
Laura Chinchilla desi ...
Fecha publicación: 02/05/2010
Fecha emisión: 29/04/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Impedimentos para contratar, Verificación del régimen de prohibiciones
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03264
LEV-PROH No. 07-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las ocho horas del catorce de abril del
dos mil diez. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas el 22 de febrero de 2010, por el señor José Rafael Cordero González, mayor de
edad, Abogado, portador de la cédula de identidad número uno -setecientos setenta y dos - setecientos
noventa y seis; tendientes a obtener de parte de este órgano contralor el levantamiento de la prohibición
que establece el artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con los
artículos 22 y 23 del Reglamento a la misma, para así poder ofertar válidamente sus servicios como
Abogado, en los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Administración Pública.-
RESULTANDO
I. Se conocen diligencias presentadas el 22 de febrero de 2010 ante este órgano Contralor, por el señor
José Rafael Cordero González, mayor de edad, Abogado, carné del Colegio de Abogados No 6810,
portador de la cédula de identidad número uno guión setecientos setenta y dos guión setecientos noventa y
seis, tendientes a obtener de parte de este Órgano Contralor el levantamiento de la prohibición que
establece el artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con los artículos 22
y 23 del Reglamento a la misma, para así poder ofertar válidamente sus servicios como Abogado, en los
procedimientos de contratación administrativa que promueva la Administración Pública (ver folio 1 a 6
del expediente de solicitud). II. Que mediante DJ-0955-2010, de fecha 12 de marzo de 2010, este
Despacho requirió información adicional. La cual fue atendida según los términos de la nota de fecha 17
2
de marzo de 2010, recibida en esta Contraloría en mis ...
Fecha publicación: 17/04/2010
Fecha emisión: 14/04/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento, Efectos de la resolución que levanta la prohibición
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02310
LEV-PROH-06-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las catorce horas del ocho de
abril de dos mil diez. ------------------------------------------------------------------------------------------------
Se conocen diligencias presentadas por el señor Jerry Campos Monge, tendientes a obtener, de parte
de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de
la Ley de la Contratación Administrativa, para que él, en su condición de abogado y profesor, con
cédula 1-848-702, pueda participar válidamente en los procedimientos de contratación administrativa
para contratar servicios profesionales para impartir cursos de ética profesional que promueva el
Colegio de Abogados de Costa Rica. -------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. En la gestión se indica que el señor Christian Enrique Campos Monge, funge como
Vicepresidente del Colegio de Abogados de Costa Rica desde las elecciones celebradas el día 5 de
diciembre de 2009 y ejercerá dicho cargo por dos años. Lo anterior, como consta en certificación
adjunta a la solicitud emitida por la Licenciada Natalia Rudín Castro Directora del Departamento
Legal del Colegio de Abogados a las 11:45 horas del 5 de febrero de dos mil diez, en donde se
manifiesta en lo que interesa que en La Gaceta Número 11 del 18 de enero de 2010 se publicó la
elección de los miembros de la Junta Directiva de ese Colegio siendo designados para ocupar el puesto
de Vicepresidente a Christian Enrique Campos Monge, cédula 1-886-315, mayor, soltero abogado,
quien ejercerá el cargo por un periodo de dos años.---------------------------------------------------------------
II. Que igualmente en documento adjunto a la solicitud el Departamento Académico del Colegio
de Abogados de Costa Rica, del 05 de febrero de 2010, suscrita po ...
Fecha publicación: 14/04/2010
Fecha emisión: 08/04/2010
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03056
LEV-PROH-05-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del siete de abril
de dos mil diez.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por la señora Grace Liliana Jiménez Viales, cédula número 9-101-633, para
que se proceda con el trámite de levantamiento de la prohibición previsto en los artículos 23 de la Ley
de Contratación Administrativa y 22 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (LCA), a
efectos de que dicha gestionante pueda participar como oferente en los procedimientos de contratación
para servicios externos de notariado que celebre las instituciones públicas.-----------------------------------
I. POR CUANTO: La gestionante señala que desde el año 1992 se graduó como abogada y notaria en
la Universidad Autónoma de Centroamérica, autorizándose a partir de julio de ese año el ejercicio
profesional de notaria pública. Señala, que desde esa fecha hasta la actualidad se ha dedicado de forma
habitual a desarrollar dicha actividad profesional en la provincia de Puntarenas donde tiene su oficina.
Sin embargo, indica que su padre, el señor Olivier Jiménez Rojas, fue electo diputado por el Partido
Liberación Nacional, para ejercer el cargo durante el periodo legislativo 2006-2010, configurándose
una prohibición para poder participar como oferente en los concursos que promueva la Administración
Pública. Argumenta, que su persona ha ejercido el notariado desde el año 1992, y siendo que su padre
fue nombrado diputado en el 2006, se evidencia que ha venido ejerciendo dicha actividad por más de
un año antes del nombramiento de su padre.-----------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: De la información aportada se desprende: 1) Que la gestionante es hija del señor
Olivier Jiménez Rojas (ver ce ...
Fecha publicación: 10/04/2010
Fecha emisión: 07/04/2010
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02870
LEV-PROH-04-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las ocho horas del veinticinco de marzo
de dos mil diez.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por John Keith Sánchez, mayor, portador de la cédula de identidad número 1-615-
037, representante legal de la empresa Caribe Hospitality S.A., sociedad domiciliada en Panamá, ficha
3900579, documento 173655, para que se proceda con el trámite de levantamiento de la prohibición
previsto en los artículos 23 de la Ley de Contratación Administrativa y 22 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa (LCA), a efectos de que dicha sociedad pueda participar como oferente en los
procedimientos de contratación para desarrollo hotelero promovidos por el Instituto Costarricense de
Turismo (ICT) y sus órganos con capacidad de contratación. También solicita el levantamiento a la
empresa Hotelera CH Papagayo S.A., cédula jurídica 3-101-579605.-----------------------------------------------
I. POR CUANTO: El gestionante señala que Caribe Hospitality S. A., es una sociedad anónima panameña
debidamente inscrita y vigente desde el 21 de noviembre de 2000. Agrega, que sus representantes legales
son Édgar Zürcher Gurdián, Ramiro Ortiz Mayorga y John Keith Sánchez. Manifiesta que el capital social
de la empresa se encuentra constituido de la siguiente forma: 45 acciones del señor Keith, 35 del señor
Zürcher, 10 de Ortiz y 10 de Mario Rapaccioli. Agrega que el giro comercial es la inversión, desarrollo y
construcción de facilidades y amenidades hoteleras y turísticas. Sin embargo, indica que el señor Harry
Jaime Zürcher Blen, es hermano de Édgar Zúrcher y fue nombrado el 7 de junio del 2006 como miembro
de la Junta Directiva del ICT, configurándose una prohibición para poder par ...
Fecha publicación: 28/03/2010
Fecha emisión: 25/03/2010
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición